“Amonestación ética pública” a diputados hostigadores

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Johan Madriz

Este miércoles la Asamblea Legislativa aprobó el “Reglamento contra el hostigamiento sexual en la Asamblea Legislativa para diputados y diputadas”. 

Esta era una deuda del Legislativo, ya que desde 1995 existe la Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, que por primera vez brindó un marco legal para castigar estas conductas, sin embargo, de su ámbito de aplicación estaban excluidos las y los diputados.

Posteriormente, en 2010, la ley se reformó para incluir a las y los funcionarios electos popularmente, sin embargo, esta legislación requería una reglamentación para poder ser aplicada. Es hasta ahora, 26 años después, que las y los diputados podrán ser sancionados por hostigamiento sexual.

Pero esta reglamentación tiene truco. Lo primero es que las y los diputados serán juzgados por sus pares, compinches si los hay, que se aseguraron poder cubrirse las espaldas. 

Tanto la ley como el reglamento son claros en resguardar la identidad de la víctima, un derecho esencial en estos procesos, pero este reglamento asegura perpetuar la opacidad en que funciona el Parlamento al permitir sesiones secretas para discutir los informes derivados de estas investigaciones: “el Plenario Legislativo podrá mediante acuerdo en que consten las razones fácticas y jurídicas que justifiquen tal medida y aprobado por las dos terceras partes de los diputados presentes, declarar de manera excepcional el secreto la sesión”.

Por otro lado, en caso de comprobarse los hechos denunciados las y los diputados serán sancionados con una “amonestación ética pública”. Según el reglamento, esta amonestación se define como “sanción a imponer al diputado o diputada responsable de la conducta de hostigamiento sexual y que consiste en una amonestación de carácter ético de la cual se dejará constancia por escrito y que no se considerará confidencial, salvo lo referente a los datos de la persona denunciante. Dicha amonestación será divulgada por los medios oficiales de la Asamblea Legislativa”.

Esta reglamentación era absolutamente necesaria, pero de forma que realmente representara una sanción. Lo que se aprobó hoy es un saludo a la bandera, ya que a diferencia del resto de personas a las que dependiendo del delito o contravención, se les castiga desde días multa hasta la cárcel, las y los diputados no tendrán ninguna sanción real. Este reglamento no pasa de un intento de “lavada de cara” ante los múltiples casos de hostigamiento sexual que se han reportado y quedado en la inmunidad en la Asamblea Legislativa.

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