Zonas francas si deben pagar servicios municipales, aclara resolución judicial

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  • La empresa Align Technology pretendía librarse del pago de servicios municipales como la limpieza de vías y el mantenimiento de parques.

Johan Madriz

Las zonas francas son la joya de la corona del capitalismo costarricense, gozan de una amplia cantidad de privilegios fiscales y el apoyo político incondicional de todo el espectro de figuras burguesas.

Actualmente, tienen exoneraciones sobre las utilidades, por las importaciones, exportaciones o reexportaciones, sobre las remesas al extranjero, del impuesto de ventas, consumo y al capital. Además, no pagan los impuestos y patentes municipales, impuestos territoriales o sobre el traspaso de bienes inmuebles. Incluso, actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa un proyecto que además exoneraría de las cargas sociales a las empresas que se establezcan fuera del Área Metropolitana.

Pero esto parece no ser suficiente. Incluso reniegan del pago de servicios municipales como la limpieza de vías y el mantenimiento de parques, aspectos mínimos para asegurar un entorno propicio en las comunidades donde se instalan. Ese es el caso de la empresa Align Technology que recurrió a los tribunales para librarse de ese pago, ante el reclamo de la Municipalidad de Belén, según información del medio El Guacho.

El Tribunal Contencioso Administrativo emitió una resolución señalando que “esta Cámara no comparte la lectura que hace el apelante [la empresa] del artículo 20 inciso h) tendiente a que se le desgrave del pago de los servicios de limpieza de vías y mantenimiento de parques, pues la exoneración que pretende, no está prevista en la norma”.

El artículo en disputa claramente establece la “exención de todo tributo y patente municipales por un periodo de diez años. Las empresas a que se refiere este artículo deberán cancelar los servicios municipales de que hagan uso”.  La empresa realizó otra lectura en la que, al parecer, no hace uso directamente de esos servicios.

Ante esto el fallo del tribunal añade que “no se puede perder la perspectiva que los parques y las vías públicas son bienes que se rigen por los principios de la demanialidad, están destinados a la satisfacción de un fin público dirigido al beneficio de la colectividad, sin que se pueda precisar exclusión alguna de personas. La empresa se ubica en un cantón en el que se brindan tales servicios y ellos tienen un costo efectivo en su prestación, de modo que deben ser sufragados por todos los contribuyentes de la zona”.

Esta resolución le generará unos 10 mil dólares (cerca de ₵6,5 millones) a la municipalidad por los servicios no pagados. Sin embargo, ese monto es mínimo comparado con la perdida de recursos, por cerca de mil millones de colones, que se estima perdió este ayuntamiento con la modificación del 2010 a la Ley de Zonas Francas. Esa reforma las eximió del tributo de bienes inmuebles y para que no hubiera dudas fue ratificado mediante una interpretación autentica de la Asamblea Legislativa en mayo de 2020.

Las zonas francas gozan de un régimen privilegiado e intocable que hace parte del sistema tributario regresivo del país. El Ministerio de Hacienda en 2019 estimó el gasto tributario de estas empresas, es decir, los impuestos que se dejaron de recibir por sus exoneraciones, en ₵375 mil millones (1,04% del PIB de ese año). A contramano, los salarios están bajo ataque para hacerle pagar la crisis fiscal a los sectores trabajadores. Ya es momento de cuestionar y modificar ese régimen para que sean las grandes empresas las que más aporten.

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