Proyecto aumentaría castigos por crímenes de odio

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  • Se tipificaría como homicidio calificado los asesinatos de odio con penas de prisión de entre 20 a 35 años.

Johan Madriz

Se tramita en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que aumentaría las tipificaciones y los castigos por delitos de odio.

Así, la definición de crimen de odio se detalla como “las categorías protegidas por los derechos humanos de: color de piel, características físicas, raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen social, situación económica o condición de salud”.

Primero incorporaría al Código Penal como homicidio calificado los asesinatos a causa de cualquiera de las categorías citadas. Con esto las penas de prisión serian de entre 20 a 35 años.

Luego, se establecería con prisión de 3 a 10 años el delito de tortura, entendida como “quien le infrinja a una persona dolores o sufrimientos físicos o mentales, la intimide o coaccione por un acto cometido o que se sospeche que ha cometido, para obtener de ella o un tercero información o confesión; por causa o en razón del color de piel, características físicas, raza, etnia, sexo, religión, discapacidad, nacionalidad, orientación sexual, identidad de género, opinión política, origen social, situación económica o condición de salud”. Esta pena subiría si quien comete el delito es funcionario público (5 a 12 años de prisión).

Además, se reformaría el articulo 380 para que se incluyan estas tipificaciones a quienes segreguen o excluyan con el propósito de limitar, restringir o denegar el ejercicio de derechos o libertades. Así, este delito pasaría de castigarse con una multa a ser penados de 1 a 3 años de cárcel y aumentaría hasta 5 años en caso de funcionarios públicos

También, se agrega la categoría de etnocidio, equiparándola con la de genocidio, con penas de cárcel de 20 a 35 años.

Otra incorporación es la del delito de difusión de la discriminación racial que establece que “será sancionada con prisión de dos a tres años, quien difunda propaganda por cualquier medio, incluyendo el internet, basada en el concepto de superioridad racial, incite al odio racial, justifique o defienda actos que constituyan o hayan constituido genocidio o crímenes de lesa humanidad, según se definen en el derecho internacional, organice, financie o promueva o incite a otras personas a cometer dichos actos”.

Por último, se establece una pena de inhabilitación a las personas funcionarias publicas que sean culpables de cualquiera de los anteriores delitos.

Este proyecto vendría a ayudar en la lucha contra los crímenes de odio por cualquier motivo, sin embargo, se encuentra completamente enfocado en los aspectos punitivos del asunto. Sin tener en consideración que es necesario abordar el tema desde la educación, para derribar los mitos y prejuicios hacia las diferentes poblaciones.

El Estado costarricense es garante de la discriminación hacia diversos grupos. El abandono a los pueblos indígenas y la impunidad ante las agresiones y asesinatos, el racismo institucionalizado, el respaldo a sectores conservadores LGBTfóbicos, la inacción ante los femicidios, la xenofobia, el desamparo de las personas adultas mayores y de las personas con discapacidad hacen parte de la apología de odio que los sectores más conservadores y reaccionarios no temen expresar al amparo de un Estado cómplice.

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