Notificaciones por email: para los sindicatos si, para las empresas no: “es inseguridad jurídica”

Las cámaras empresariales se oponen a que les exijan registrar un correo electrónico para las notificaciones judiciales. Tenían una posición completamente diferente hace dos años cuando obligaron a lo mismo a los sindicatos.

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Las cámaras empresariales salieron a despotricar contra un proyecto de ley que obligaría a que todas las sociedades mercantiles registren un correo electrónico para recibir notificaciones de procesos administrativos y judiciales en su contra. Con eso se pretende que los procesos no se dilaten por las dificultades en la notificación de los autos judiciales. Actualmente cada empresa debe inscribir un abogado como agente residente en el país y su función es recibir tales notificaciones. Este requisito se eliminaría a favor de la notificación electrónica.

La Cámara de Industrias (Cicr) y la Unión Costarricense de Cámaras (Uccaep) son los abanderados en la oposición al proyecto. Enrique Egloff, presidente de la Cicr, expresó que tienen preocupaciones “relacionadas con seguridad jurídica y seguridad informática, cumplimiento de principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad de la norma, afectación al debido proceso y del derecho de justicia”. Por su parte, la Uccaep estima que “la notificación ‘forzosa’ por medios electrónicos conlleva problemas atinentes a la seguridad jurídica”.

Como no podía ser de otra forma, los empresarios mandan y los diputados obedecen. Así, 38 diputados y diputadas de las bancadas del PUSC, PLN, Liberal Progresista y Nueva Republica enviaron el proyecto a consulta de constitucionalidad, con lo cual, su trámite queda suspendido durante un mes mientras la Sala IV resuelve el trámite. Las y los congresistas argumentan que la iniciativa viola el principio de igualdad, el derecho de defensa y el acceso a la justicia.

El diputado Alejandro Pacheco del PUSC (y principal impulsor de la consulta) argumenta que la conectividad es muy inestable en las zonas rurales, por lo que, las pequeñas y medianas empresas serian gravemente afectadas: “esto debilita su derecho de defensa, ya que el tiempo para solucionar la revisión de la decisión comunicada corre posterior a la hora en que se registra el ingreso del correo, independientemente de si lo vieron o no en el momento”. Al igual que las cámaras empresariales, él aboga por mantener las notificaciones personales.

Esta posición no se sustenta en aspectos técnicos (esas mismas empresas actualmente deben presentar las declaraciones de impuestos y otros tramites mediante plataformas web), sino, eminentemente políticos, tienen la intensión de que los empresarios puedan continuar evadiendo procesos judiciales en su contra evitando la notificación. Además, contrasta completamente con la posición sobre el tema que mantenían hace dos años.

En el 2020 la Asamblea Legislativa aprobó la nefasta “Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos” que es un golpe antisindical de enormes proporciones al limitar las posibilidades de realizar huelgas (dentro de la legalidad) a la mínima expresión. Uno de los puntos contenidos en esa ley fue la obligación a los sindicatos de que registren y actualicen anualmente ante el Ministerio de Trabajo un correo electrónico para recibir notificaciones sobre las calificaciones de las huelgas.

En ese momento la Sala IV, siguiendo sus posturas antisindicales, votó unánimemente que esta norma no era inconstitucional: “La Sala estima que la exigencia responde a una formalidad, a un esquema de requisitos para tener por establecido el proceso judicial, a partir del rompimiento de la paz laboral”. Además, señaló que tal medida “evita las practicas dilatorias que pueden producirse en las notificaciones personales y contrarias a la buena fe procesal”.

La única forma en la que las posiciones contradictorias de la burguesía entre un caso y otro se pueden explicar es mediante las posiciones antisindicales y antiobreras de la Asamblea Legislativa y las patronales. Al parecer, para los sindicatos tal medida no representa inseguridad jurídica, ni obstaculiza la posibilidad de defensa y, mucho menos, tienen problemas de conexión.

De esta forma, quedan en evidencia los abusos que tal legislación cometió, sujetando a los sindicatos a procesos jurídicos desproporcionados y que tienen como único fin dar un golpe político contra la organización de los sectores trabajadores. Ante esto, está planteada la tarea de renovar las dirigencias sindicales con personas luchadoras y traerse abajo esa ley antihuelgas. Esto solo puede suceder mediante la organización y lucha callejera y no mediante “el dialogo” y el lobby, que es la táctica de lucha que tienen las burocracias sindicales.

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