Sala IV da visto bueno a lo esencial del ajuste en Ley de Empleo Público

0
62

 

Johan Madriz

Este sábado por la noche la Sala Constitucional resolvió las consultas de constitucionalidad, planteadas por diputados y diputadas y la Corte Suprema de Justicia, sobre el proyecto de ley de empleo público.

Se juzgaron una serie de artículos como inconstitucionales, sin embargo, no se declaró ningún vicio en cuanto a forma por lo que la resolución no es de carácter vinculante para la Asamblea Legislativa, que no tiene la obligación de reformar el texto. Sin embargo, lo más probable es que si se realicen modificaciones para blindar la ley de futuras acciones de inconstitucionalidad.

Las ilegalidades encontradas por la Sala atañen básicamente a dos asuntos: la independencia de poderes y la autonomía constitucional de instituciones. En este sentido, se declara que no se pueden someter a la rectoría del Mideplan al Poder Judicial y al Tribunal Supremo de Elecciones y, parcialmente, a las universidades públicas, las municipalidades y la CCSS. Pero esto solo hace referencia sobre cuál órgano debe aplicar el ajuste.

La resolución si le da el visto bueno a lo esencial del proyecto y asegura el golpe a los salarios, el empleo y la organización sindical de las y los funcionarios públicos.

  1. Se avala la existencia de una ley general de empleo público, lo que implica ignorar las particularidades de cada institución y borrar las conquistas que diferentes sectores en lucha han logrado a través de los años.
  2. Se autoriza el salario global como forma de remuneración, eliminando los componentes salariales. Además, se establece que dicho esquema aplicará para funcionarias y funcionarios actuales y futuros. En el caso de los que actualmente ganan más que el futuro salario global no recibirán aumentos salariales hasta que alcancen ese nivel. Quienes ganen menos seguirán con el salario compuesto hasta que alcancen el salario global. Pero, asimismo, se debe aplicar lo establecido en el Plan Fiscal que prohíbe realizar incrementos salariales (ni por costo de la vida) mientras la deuda supere el 60% del PIB, lo cual es la situación actual.
  3. Se respalda la aplicación de la valoración salarial por puntos según los criterios impuestos por la Dirección General de Servicio Civil, el Mideplan y la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda. Para esto se deben tener en consideración estos factores: a. el estado de los fondos públicos; b. la competitividad con respecto a los salarios del sector privado; c. la sostenibilidad de las finanzas públicas; y d. las necesidades de personal calificado.
  4. Se afirman las limitaciones a las convenciones colectivas de empleados públicos, por lo que no se pueden incluir: a. modificaciones a los salarios, la escala salarial o los componentes de la columna de salario global; b. creación de incentivos, compensaciones o pluses; c. asuntos que impliquen una erogación adicional de recursos para las instituciones; d. normas prohibidas por la ley; y e. creación de plazas. Además, se establece la obligatoriedad de denunciar las convenciones colectivas actuales al finalizar su vigencia para renegociarlas según estas condiciones.
  5. Se garantiza la objeción de conciencia a las y los funcionarios “cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras”. Esto implica un serio riesgo de retroceso en cuanto a sensibilización de género, racismo, diversidad sexual, etc.

Por otro lado, se mantendrían artículos que no fueron objetados ni analizados en la sentencia como los que introducen la noción de Estado como patrono único, lo que implica la posibilidad de movilidad forzada dentro de las instituciones públicas. También se mantendrá la causal de despido por evaluaciones de desempeño que se mide según las consecución de objetivos individuales y de la institución.

Ante esto, Marcela Ramirez Aguilar, referente del Nuevo Partido Socialista y coordinadora de la regional 15 de APSE, ha expresado que “desde nuestra perspectiva señalamos que no se debe sostener confianza alguna en la Sala Constitucional y los diputados. Aún el proyecto de empleo público no es ley. Aún tenemos posibilidades de salir a luchar a las calles, con un plan de lucha unitario, que una a todos los sectores sindicales de manera democrática.

“Llamamos a las bases sindicales en especial a las apsinas a movilizarnos contundentemente desde abajo contra el proyecto de empleo público. Es necesario empezar a gestar un plan de lucha escalonado para organizar una huelga general para derrotar el proyecto de empleo público así como empezar a discutir cómo traernos abajo la ley anti huelgas. Esta es una tarea pendiente por ejecutar por parte del movimiento sindical puesto que las leyes tiranas no se deben obedecer.

“Se requiere trascender de las orientaciones gremialistas en los sindicatos y más bien dirigir al movimiento a tener posiciones contra el sistema capitalista para que el movimiento sindical vuelva a ser una figura política de peso por medio de la lucha y la movilización y que plantee propuestas políticas de manera independientes del gobierno sobre el desempleo, la crisis económica y social así como la corrupción”.

Sumate a la discusión dejando un comentario:

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí