Juzgado resuelve que mujeres del Pueblo Cabécar deben desalojar sus tierras

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  • Poder Judicial continúa violentando los derechos humanos de los Pueblos Originarios.

Miércoles 25 de agosto 2021. Mediante sentencia 47-2021 del 25 de agosto de 2021 del Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Agraria) el Juez Jean Carlos Céspedes Mora resolvió “se ordena a los demandados restituir al actor el área que ilegalmente ocupan dentro del predio en posesión…dentro del plazo de tres días a partir de la firmeza de esta sentencia deberán desalojar bajo pena de ordenarlo utilizando la fuerza en caso de omisión”.

Esta sentencia se da dentro del Expediente No. 20-000018-1555-AG-1, Interdicto de amparo de posesión interpuesto por el no indígena Danilo Badilla Román contra 10 mujeres del Pueblo Cabécar de China Kichá, que ante la ocupación ilegal de su Territorio por parte de Badilla Román, decidieron ejercer su derecho colectivo a la tierra-territorio, iniciando el 26 de febrero de 2020 con el proceso de recuperación de Saka Duwë Senaglö, terreno de 150 hectáreas aproximadamente, el cual, las mujeres recuperadoras y sus familias han venido habitando y cultivando.

El terreno ocupado ilegalmente por Danilo Badilla se encuentra dentro del Territorio Cabécar de China Kichá, en este sentido, en las certificaciones registrales aportadas por el actor (Badilla Román) como prueba, se puede leer en el renglón de Anotaciones sobre la Finca: SI HAY, ZONA A.B.R.E (INMUEBLE SITUADO EN TERRITORIO INDÍGENA), igualmente se indica que dichas escrituras fueron otorgadas el 12 de setiembre del año 2019 y presentadas ante el Registro de la propiedad el 19 del mismo mes.

Una vez más, el Juez Céspedes Mora, resuelve contrario a los derechos humanos de los Pueblos Originarios, del bloque de legalidad y de lo que expresamente indica la Ley Indígena, otorgándoles derechos de posesión a personas que están usurpando los Territorios Indígenas y anteponiendo el derecho civil y agrario sobre el Derecho Indígena, obviando la condición especial que tienen estos Territorios; parece ignorar Céspedes Mora lo indicado en los artículo 3 y 6 de la Ley Indígena:

Art. 3 “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan.  Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.  Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas.  Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas,  entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo,  con las consecuencias legales del caso…”.

Art.6 “…Solamente los indígenas podrán construir casas,  talar árboles,  explotar los recursos maderables o plantar cultivos para su provecho dentro de los límites de las reservas…”.

El Juez Jean Carlos Céspedes Mora ha sido denunciado públicamente y ante el Poder Judicial por sus vínculos familiares con personas que ocupan ilegalmente Territorios Indígenas y por sus resoluciones; sin embargo los expedientes que se abrieron en la Inspección Judicial fueron archivados.

Danilo Badilla Román, así como Miguel Vargas Mata son personas que dicen tener derechos de posesión y propiedad sobre terrenos ubicados en Territorios Indígenas, ante lo cual deberán reclamar esos “supuestos derechos” en las vía judicial o administrativa correspondiente; sin embargo, esta situación no les otorga ningún derecho a continuar ocupando ilegalmente dichos Territorios.

En este sentido, es importante recordar que en el Expediente del INDER RTI-PA-0002-2020 China Kichá, la Junta Directiva del INDER en Resolución Ordinaria N.14 del 26 de abril de 2021 resolvió que Miguel Vargas Mata es propietario de mala fe, no le corresponde indemnización alguna, que se deben iniciar los procedimientos para la nulidad de los traspasos y que se debe poner en posesión al Pueblo Cabécar de China Kichá.

Solicitamos al Poder Ejecutivo cumplir con su obligación de garantizar la vida, integridad física y territorial, tranquilidad y paz social dentro del Territorio Cabécar de China Kichá y evitar que funcionarios de Fuerza Pública u otros cuerpos policiales, usurpadores y sus peones, ejerzan algún tipo de amedrentamiento, presión o violencia contra las recuperadoras de Kaska Duwë Senaglö; como ha sucedido en otras recuperaciones y Territorios, ante resoluciones judiciales similares.

Por su parte, desde las recuperadoras de Kaska Duwë Senaglö estaremos interponiendo las acciones judiciales respectivas en defensa de nuestros derechos y ejerciendo nuestro derecho colectivo a la tierra-territorio.

– Recuperadoras Cabécares de Kaska Duwë Senaglö.
– Coordinadora de Lucha Sur Sur.

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