Aprueban proyecto para legalizar cannabis de uso medicinal

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  • Este proyecto avanza contra el prohibicionismo, pero es necesario desarrollar la discusión sobre el uso del cannabis con fines recreativos. 

Johan Madriz

La Asamblea Legislativa aprobó el proyecto de ley 21.388 que legaliza y regula la producción de cannabis y cáñamo para usos medicinales. Actualmente está prohibida y penada con cárcel su producción, distribución y venta.

El proyecto de ley, a pesar de ser un pequeño avance contra el prohibicionismo, es limitado en cuanto a los usos que permitiría y su objetivo termina siendo asegurarle un nuevo mercado de ganancias millonarias a grandes empresarios.

La propuesta abre la posibilidad a la producción de cannabis y sus derivados para uso terapéutico y alimentario mediante un sistema de licencias con varios propósitos: “de extracción y laboratorio, de laboratorio y en el sector de siembra, varias licencias de siembra ordenadas por cantidad de hectáreas cultivadas”. Estos permisos serían otorgados por seis años (prorrogables por el mismo periodo) tras cumplir una serie de requisitos que implican al Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

En un intento de equilibrar la propuesta se establecen una serie de “incentivos” a organizaciones y pequeñas empresas, tales como acceso a créditos o asistencia técnica del MAG y del INA, sin embargo, lo cierto es que la ley abre la producción de cannabis al salvaje mercado, con miras principalmente en las exportaciones del producto. Es decir, se colocan a jugar en la misma cancha pequeñas organizaciones contra las gigantescas farmacéuticas que probablemente accedan a las licencias y que tienen redes comerciales globales.

Según la justificación del proyecto existe un mercado de mil millones de personas para estos productos y lo que se pretende es crear un clúster del sector, para lo cual, bajo la óptica burguesa del gobierno, se debe asegurar ofrecerles las mejores condiciones a las empresas. De esta forma se autorizaría a que las empresas con estas licencias se instalen bajo el régimen de zonas francas, lo cual implica que quedarían exentas de prácticamente todos los impuestos.

La ley establece un impuesto sobre las utilidades netas de tan solo 1%, que será distribuido entre seis instituciones: 10% para el Ministerio de Salud, 10% para el Ministerio de Agricultura, 10% para el ICD, 20% para el Seguro de Enfermedad y Maternidad de la CCSS, 20% para el Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos de la CCSS y 30% para el Fondo Nacional de Desarrollo del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Por otro lado, una propuesta valiosa es que se les permite a las personas con alguna enfermedad debidamente acreditada por un especialista y a la que se le recete cannabis como forma de tratamiento, el cultivo domestico de una cantidad limitada para su consumo.

Con esta legislación se les asegura a grandes empresas privadas un gran negocio mediante la mercantilización de un producto con usos médicos que debería estar disponible según las necesidades y no según los márgenes de ganancias. Se esta perdiendo la oportunidad de desarrollar una industria en manos del sector público que le genere muchos más recursos al Estado y asegure el acceso de los medicamentos a quienes lo requieran.

Mas allá de esto, es necesario avanzar en la discusión sobre el uso del cannabis allende de sus usos médicos e industriales, ya que, lo cierto es que la mayor parte de su consumo se realiza con fines recreativos. Hay que eliminar las políticas prohibicionistas que son un fracaso que cuesta miles de millones en perseguir a las personas consumidoras y cultivadoras, mientras que les aseguran a las bandas narco continuar con su negocio.

Hay que establecer políticas publicas para el cultivo de cannabis y fortalecer los programas que alienten un uso responsable y sano. Al respecto Heidy Valencia expresó que “se requieren políticas publicas para que no se criminalice el uso del cannabis ni ninguna sustancia en respeto a la autonomía personal y el derecho al desarrollo libre de la personalidad”.

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