Jornadas de 12 horas: ¿Qué cambió en la nueva versión y porqué sigue siendo terrible?

“Las jornadas más largas conducen a una disminución de la productividad, un aumento de los accidentes laborales, y tiene consecuencias negativas para la salud de los trabajadores”.

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La nueva versión del proyecto de ley sobre jornadas extraordinarias “consensuado” en las mesas de dialogo convocadas por el gobierno solo introduce algunos cambios cosméticos, pero en el fondo continúan representando el mismo espíritu precarizador de la versión anterior: retroceder en una conquista de la clase trabajadora lograda hace más de un siglo.

Se crean dos nuevos tipos de jornadas. La primera es la anualizada cuya intención es “distribuir las horas anuales contratadas a lo largo del año y en función de la demanda requerida por el empleador”, es decir, que durante las temporadas altas las personas trabajadoras laboren jornadas más largas y durante las temporadas bajas menos tiempo. Durante todos los meses se mantiene el mismo salario, lo que evita que las empresas paguen horas extras. Se establece un tope de 2.320 horas en horario diurno y como máximo se puede trabajar 10 horas al día y 48 horas a la semana. En jornada mixta el máximo diario sería de 8 horas y 24 minutos al día (2.030 al año) y en el horario nocturno de 7 horas y 12 minutos (1.740 anuales). El tiempo mínimo de trabajo se establece en 6 horas.

El segundo elemento es el de “jornadas excepcionales ampliadas” que consisten en que se trabaje por 12 horas consecutivas durante una menor cantidad de días. En la jornada diurna se trabajarían 4 días con 3 días de descanso y en la nocturna 3 días de trabajo con 4 días de descanso. Dentro de los días libres está contemplado el día de descanso absoluto que ya establecía la legislación. Estas jornadas trastocan completamente los ciclos sociales (cuido, estudio, socialización) y tienen efectos nocivos en la salud física y mental de las personas.

De excepcionales no tienen nada, ya que, se incluyen prácticamente todas las áreas. El proyecto las autoriza para el turismo, comercio, construcción, agricultura, agroindustria, manufactura tecnificada, industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animal y servicios corporativos. Para que no se quede nadie por fuera también se introducen las empresas que brinden servicios de apoyo para estas actividades. Solo excluye al sector público… a menos que existan “regulaciones especiales”.

Jornadas tan largas resultan extenuantes por lo que se prohíbe su aplicación en labores pesadas, peligrosas o insalubres, de exposición a riesgos ambientales nocivos, de riesgo a la salud y cuyos factores no se puedan reducir, de esfuerzo físico extraordinario o de riesgo de fatiga por operación de maquinaria. También se restringen de ellas a las personas menores de edad y personas embarazadas o en periodo de lactancia (solo mientras subsista la causa). Para determinar estos factores las patronales deben presentar un estudio técnico que debe ser realizado por la Comisión de Salud Ocupacional de la empresa (empleados pagados por la misma compañía) o un profesional en la materia contratado por la misma empresa, es decir, no hay riesgo de imparcialidades.

Por otra parte, supuestamente no existe una obligación para las personas trabajadoras de aceptar esta jornada, ya que, es una “negociación entre las partes”. Entonces, en el papel existe una prohibición para despedir o reprender a las personas que no acepten la variación en su contrato e incluso se deberían habilitar turnos de jornada ordinaria para quienes no puedan o no deseen trabajar en la jornada excepcional. Pero ¿realmente será así? A la diputada oficialista Pilar Cisneros le preguntaron en una entrevista que cuál era la garantía de que no se cometieran abusos con esta ley, a lo que respondió: “porque así lo dice la ley”. Le respondemos: la ley también dice que hay libertad sindical, pero esa no es la realidad; la ley establece salarios mínimos y cientos de miles de personas ganan menos que eso. Hay que ser muy caradura o estar demasiado imbuido tras las paredes del Plenario o de Teletica para no entender que con la dictadura patronal una cosa es lo que dice el papel y otra lo que ocurre en la vida real.

Según el gobierno hay una “cláusula de escape” si una persona trabajadora acepta la jornada y después no desea continuar en ella. Pero eso es una farsa. El proyecto dice que una vez aceptada la jornada excepcional hay tres meses de adaptación, “si en ese plazo no se puede continuar con la nueva jornada, se deberá reinstalar a la persona trabajadora en su jornada ordinaria. Hasta ahí parece bien, pero, continua el articulado:en caso de imposibilidad comprobada de regresar a ese tipo de jornada se deberá liquidar según el artículo 85, inciso d) del Código de Trabajo, referido a la responsabilidad derivada de la propia voluntad del patrono. Es decir, se ratifica la plena libertad de despedir con responsabilidad patronal, que es la figura legal con que la patronal resuelve cualquier diferencia laboral.

Como se plantean jornadas tan extendidas y cuyo propósito en el fondo es eliminar el pago de horas extras, estas quedan prohibidas… excepto “cuando la empresa así lo requiera, y de forma ocasional, es permitido que las personas trabajadoras laboren en alguno de sus días libres, siempre y cuando sea de manera voluntaria y no exceda de 12 horas adicionales al límite semanal de la jornada. ¡Claro, como las personas trabajadoras tienen poder real de negociación con las patronales! Pero, ¿y las personas que si lo hacen voluntariamente?, pues, les entendemos ya que con los salarios tan bajos que gana la mayoría de las personas en el país, que no alcanzan, hay que buscar la forma de redondear los ingresos. La explotación de la patronales no esta desligada de la precarización estructural de los sectores trabajadores.

Finalmente, el proyecto señala que para no afectar a quienes actualmente ganan horas extras estas se computarán como parte de su nuevo salario: “para efectos del registro ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la persona empleadora deberá incluir el salario global de cada una de las personas trabajadoras que a la entrada en vigencia de la presente ley laboren en la jornada excepcional ampliada, de manera que se les reconozca la remuneración que actualmente perciben por concepto de horas extras, siempre y cuando permanezcan con las mismas labores y con el mismo empleador. Esto simplemente conllevará a que se despidan de forma permanente a estas personas y se contraten nuevas sin ese beneficio o que se despidan y se recontraten con nuevas condiciones.

Este proyecto es tan regresivo que incluso va contra las tendencias de la OCDE. En una entrevista con La Nación, Chloé Touzet analista de políticas de empleo de ese organismo señaló que la jornada promedio de los países de la OCDE es de 40,3 horas por semana, es decir, 8 horas al día durante cinco días. Eso incluso es menor a las jornadas actuales de 8 horas durante seis días. Incluso explicó que “la mayoría de los países usan esto [48 horas] como límite máximo legal que incluye las horas extras”. Además, marcó que “la tendencia de largo plazo que se observa en los datos es la de una reducción de la jornada laboral semanal []. Se debe decir que 48 horas por semana es definitivamente un valor atípico en los países de la OCDE”.

Al respecto de la extensión de las jornadas citó el informe Employment Outlook 2021 que concluye: “las jornadas más largas conducen a una disminución de la productividad, un aumento de los accidentes laborales, y tiene consecuencias negativas para la salud de los trabajadores”, además, “la productividad de los trabajadores disminuye con turnos tan largos [de 12 horas]”. Por otra parte, indica que “aquellos que trabajan mas de 45 horas tienen menos probabilidades de ser satisfechos con su tiempo libre”. También, expresa el efecto de horarios extendidos sobre las mujeres (en clave burguesa evidentemente): “la investigación muestra que una parte significativa de la brecha salarial de genero esta relacionada con una brecha de tiempo”.

De esto se concluye que no existe ningún argumento “técnico” que justifique estas jornadas y, por el contrario, se debe a una mera decisión política de explotar aún más a las personas trabajadoras. Un sondeo realizado por Cinde estima que el 70% de empresas están a favor de estas jornadas y están interesadas en aplicarlas, de ellas el 64% corresponde a los sectores de manufactura y ciencias de la vida. Como es usual su posición favorable esta argumentada en que se crea “seguridad jurídica” (léase se protege a las empresas) y la “generación de empleo”. En realidad, el efecto sobre el empleo será el contrario ya que, por ejemplo, una empresa que funcione las 24 horas en lugar de mantener tres turnos solo requerirá de dos.

Su desconexión con la realidad de los sectores populares es tal y tan cínica que Margarita Umaña, directora de Planificación y Estrategia de Cinde dijo que estas jornadas no afectan a las personas cuidadoras (mujeres mayoritariamente), ya que, “nuestra experiencia en los hallazgos es que las personas no están acudiendo a la Red de Cuido a dejar a sus niños, porque les interesa mas que los vecinos o familiares cercanos puedan encargarse de cuidarlos”. Las personas no llevan a sus hijos e hijas a la Red de Cuido porque no da abasto, es reducida, con horarios que no son compatibles con jornadas de 12 horas, está desfinanciada, es un mundo lograr un espacio, etc. No la utilizan por culpa del propio Estado que no asume estas tareas como sociales y, por tanto, no toma las acciones necesarias para universalizar el servicio.

En el capitalismo del siglo XXI la burguesía trata de hacer ver la precarización y los ataques a las conquistas laborales como “nuevas relaciones 2.0” donde ya no hay explotación sino colaboración. De esta forma las plataformas digitales de transporte o delivery no tienen trabajadores sino socios colaboradores y la “flexibilización” de las jornadas es en beneficio de las y los trabajadores y la creación de empleo. Pura ideología barata para hacer más potable un sistema que no merece existir. En definitiva, este ataque es parte de la agenda de contrarreformas del gobierno que se alinea con las políticas impulsadas por el FMI para someter a mayores niveles de explotación a los sectores trabajadores. Para las empresas todo: liberalización, desregulación, amnistías, etc. Para las y los de abajo nada: salarios de miseria, pobreza, trabajos precarizados. Una vida de trabajo simplemente para enriquecer a los grandes empresarios. Hay que salir a luchar contra este proyecto y contra toda la agenda ajustadora del gobierno.

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